
Si hay un momento clave en la vida de cualquier familia, es la compra de una vivienda. Se trata del momento en el que deciden asentarse los cimientos de un futuro en común, dentro un lugar al que llamar hogar en el que crecer mirando al mañana y disfrutar del presente. Eso sí, adquirir una vivienda es también una tarea que requiere de un complejo proceso previo, al igual que desde el punto de vista de quien quiere vender un inmueble. Trámites, documentos, papeleo, visitas al registro, notaría, pago de impuestos… y uno de los puntos más importantes: la escritura de compraventa.
Para aquellas personas que desean comprar una casa, o incluso venderla, es clave conocer cada una de las etapas de este camino, y además, es también primordial contar con asesoramiento de los profesionales como los que componen el equipo de Notaria-Madrid.es. El objetivo es que todo el proceso se realice de acuerdo a la legalidad, cumpliendo con todos los requisitos, y así poder disfrutar de la nueva vivienda o de la venta sin ningún tipo de problema posterior. Hablamos de trámites cuyo desarrollo la gente ajena al sector no suele conocer y, por ello, el apoyo especializado es imprescindible.
El inicio del camino: reservar el inmueble
Cuando una pareja, una familia ya consolidad o incluso una persona d forma individual deciden dar el paso de comprar una vivienda, comienzan así este apasionante camino que arranca con la búsqueda de un inmueble que se ajuste a sus necesidades y deseos. Una vez lo han encontrado, gracias a la amplia oferta que puede consultarse fácilmente hoy día por Internet, es imprescindible la realización de la reserva. Es una paso que sirve para evitar imprevistos como perder la vivienda en caso de que otro comprador se adelante.
Esta reserva suele conocerse en el ámbito inmobiliario como “señal”. Es decir, una cantidad pactada que el futuro comprador debe abonar como gesto indudable de que desea adquirir la vivienda. Además, esa cantidad de dinero, una vez formalizada la compra, pasará a formar parte del montante final. Dicho de otro modo, con la señal se da inicio al pago del inmueble. Es algo bastante habitual durante los últimos años, hasta el punto de haberse instaurado como un requisito indispensable en la gestión intermediaria de agentes inmobiliarios.
Como último matiz, es importante precisar que esta reserva o señal es, básicamente, una forma que tienen los compradores y vendedores de asegurarse la futura operación. Desde el momento en que se deposita en cuenta esta cantidad de dinero, previamente acordada, le vivienda ya no estará a la venta puesto que ya tendrá asignado a su futuro comprador, que tiene la intención de quedarse con ella para establecerse de cara al futuro.
Un paso más cerca: el contrato de compraventa
Una vez los interesados han entregado la señal para asegurarse la reserva del inmueble, es necesario oficializar esta situación mediante un contrato privado de compraventa. Hablamos de otro paso imprescindible que se suma a la misión de culminar con éxito la operación. La meta de este contrato es reflejar de forma oficial sobre el papel la posición de ambas partes, es decir, del comprador y del vendedor, y el resto de términos que completarán el acuerdo.
Nos referimos al estado de la vivienda, las posibles cargas, el precio final, las cláusulas que se considere oportuno incluir… Toda una serie de trámites que buscan afianzar la compraventa del inmueble. Este tipo de datos y referencias convierten al presente contrato en un documento con un valioso valor jurídico, puesto que una vez se haya firmado no habrá vuelta atrás: ambas partes están ya obligadas a llevar a cabo el acuerdo cumpliendo sus obligaciones y respetando sus derechos.
En este punto, cabe añadir que la firma final del contrato de compraventa suele conllevar también otro abono por parte del comprador. Este pago suele estar alrededor del 15% del importe total de la vivienda. Es, en definitiva, otro paso firme más hacia la compra total del inmueble, donde empezar nuevos proyectos de futuro y donde disfrutar del día a día.
Incumplimiento de contrato: ¿qué pasa después?
En este tipo de procesos puede darse el caso de que alguna de las partes no cumpla los establecido en el contrato de compraventa. Existen casos de compradores que no cumplen con el calendario de pagos, o por contra, es el vendedor quien ha faltado a la verdad a la hora de estipular las cargas o el estado de la vivienda. Son solo dos ejemplos, pero lo cierto es que cualquier incumplimiento tiene el mismo final: acabar en los tribunales.
La escritura de compraventa: la oficialidad
El último paso de la compraventa de una vivienda, el punto que culmina todo el proceso, es la redacción de la escritura pública. Se trata de un documento oficial ratificado por una notaría en el que se oficializa el éxito del acuerdo: el traspaso de la propiedad del inmueble del vendedor hacia el comprador, reflejando además todo tipo de datos y condiciones del contrato que servirán de consulta para posibles referencias en el futuro.
La elaboración de esta escritura empieza con la intervención de un notario, al que se le debe pagar por redactar el documento, y el gasto de inscribir la operación en el Registro de la Propiedad. En este sentido, el comprador también deberá tener en cuenta el pago del impuesto municipal correspondiente, que puede variar según localidad, y otro tipo de tributos y aranceles necesarios para culminar la compraventa de la vivienda.
En definitiva, la escritura de compraventa es el punto final de un proceso que es a la vez emocionante y laborioso, pero que, gracias al asesoramiento profesional de entidades como Notaria-Madrid.es, culmina con una meta cumplida: disfrutar de un nuevo hogar en el que disfrutar del día a día, crecer como personas y familia, y mirar hacia el futuro con ilusiones y metas por cumplir.