La Junta activa el nuevo procedimiento que simplifica la gestión de la dependencia

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Este modelo reduce el proceso a una única visita al domicilio y a una resolución, e impulsa la solicitud vía ventanilla electrónica.
  • La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha activado el nuevo procedimiento de gestión de la dependencia que busca simplificar los trámites administrativos y facilitar el acceso a los servicios o prestaciones económicas de atención a la dependencia para que su tramitación sea más ágil, y se ofrezca una mejor respuesta a la ciudadanía.

    El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 6 de febrero el Decreto Ley por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la administración pública, conocido como Plan Andalucía Simplifica. Una vez transcurrido el tiempo estipulado desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), desde el 16 de marzo ya es efectivo el nuevo modelo de gestión del reconocimiento de la dependencia y el derecho a las prestaciones basado en la simplificación, que tendrá un alto impacto en los plazos de tramitación.

    La principal novedad de este nuevo marco normativo es la reducción a una única visita al domicilio de la persona que solicita la dependencia, ya que hasta el momento eran necesarias dos (una para la valoración y otra para la elaboración del Programa Individual de Atención -PIA-). Asimismo, se unifica a una sola resolución administrativa de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones.

  • Este nuevo modelo de gestión potencia la tramitación electrónica, a través de la Ventanilla Electrónica de la Dependenciapara que la solicitud sea más cómoda, ágil y sin necesidad de desplazamientos. Además, se inicia un nuevo sistema de información que permite la gestión integral del procedimiento, sustituyendo varios subsistemas actuales.

    También se regula la prioridad en el acceso a las prestaciones y servicios, en función del grado de dependencia y la capacidad económica de la persona beneficiaria y se establecen determinados supuestos de tramitación preferente, por su especial naturaleza.

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